¿Si vendo una casa me quitan el complemento a mínimos?

· 2 min de lectura · Hipotecas
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Muchos pensionistas que cobran el complemento a mínimos se preguntan si vender una vivienda puede hacerles perder este complemento. La respuesta depende de cómo se compute la ganancia patrimonial en la declaración de la renta y de los límites de ingresos establecidos para percibir el complemento. En esta guía te explicamos las reglas actuales, cómo afecta la venta de un inmueble a tu pensión y qué opciones tienes para minimizar el impacto.

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¿Qué es el complemento a mínimos?

El complemento a mínimos es una cantidad adicional que la Seguridad Social paga a los pensionistas cuya pensión no alcanza el mínimo establecido cada año. Para tener derecho a este complemento, los rendimientos del pensionista no pueden superar un límite anual, que se actualiza cada año en los Presupuestos Generales del Estado. Si tus ingresos anuales por cualquier concepto (rentas del trabajo, del capital, ganancias patrimoniales, etc.) superan ese límite, la Seguridad Social puede reducir o eliminar el complemento a mínimos de tu pensión.

¿Cómo afecta la venta de una casa al complemento?

Cuando vendes una vivienda, la ganancia patrimonial obtenida (diferencia entre precio de venta y precio de compra actualizado) se declara en el IRPF como ganancia patrimonial. Si esta ganancia, sumada a tus otros ingresos anuales, supera el límite establecido para el complemento a mínimos, la Seguridad Social puede reclamarte la devolución del complemento correspondiente a ese año. Sin embargo, si la vivienda es tu vivienda habitual y tienes más de 65 años, la ganancia patrimonial está exenta de IRPF, lo que evita el problema.
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Estrategias para no perder el complemento

Si necesitas vender una propiedad y cobras complemento a mínimos, existen opciones. Si eres mayor de 65 años y vendes tu vivienda habitual, la ganancia está exenta de IRPF y no afectará al complemento. Si es una segunda vivienda, considera reinvertir el importe en una renta vitalicia asegurada (también exenta para mayores de 65 años, con un máximo de 240.000 euros). Otra opción es vender la nuda propiedad manteniendo el usufructo vitalicio. Consulta con un asesor fiscal antes de realizar la operación.

Preguntas frecuentes

¿Me quitan el complemento a mínimos si vendo mi casa?
Depende de si hay ganancia patrimonial y si superas el límite de ingresos anuales. Si eres mayor de 65 años y es tu vivienda habitual, la ganancia está exenta y no te afecta.
¿Cuál es el límite de ingresos para el complemento a mínimos?
El límite se actualiza anualmente. En 2026 ronda los 8.100 euros anuales para pensionistas sin cónyuge a cargo y 9.400 euros para quienes tienen cónyuge a cargo.
¿Tengo que devolver el complemento si vendo un piso?
Si la ganancia de la venta hace que tus ingresos anuales superen el límite, la Seguridad Social puede reclamarte la devolución del complemento a mínimos de ese año fiscal.
¿La venta de vivienda habitual afecta al complemento si soy mayor de 65?
No, si eres mayor de 65 años la ganancia por venta de vivienda habitual está exenta de IRPF. Al no computar como ingreso, no afecta al complemento a mínimos.

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