Calculadora de Días de Vacaciones
Conoce los días de vacaciones que te corresponden según tu fecha de incorporación y los días anuales de tu convenio colectivo. Calcula los días devengados proporcionalmente hasta la fecha, los ya disfrutados y los que te quedan pendientes. Herramienta imprescindible al incorporarte a una empresa o al calcular tu finiquito.
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¿Cómo funciona esta calculadora?
Conoce los días de vacaciones que te corresponden según tu fecha de incorporación y los días anuales de tu convenio colectivo. Calcula los días devengados proporcionalmente hasta la fecha, los ya disfrutados y los que te quedan pendientes. Herramienta imprescindible al incorporarte a una empresa o al calcular tu finiquito. Introduce los datos solicitados y obtén un resultado orientativo al instante. Recuerda que los cálculos son aproximados y no sustituyen el asesoramiento profesional.
Cómo se calculan los días de vacaciones que te corresponden
El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores fija un mínimo de 30 días naturales (22 días hábiles) de vacaciones por año completo trabajado, aunque muchos convenios colectivos mejoran esta cifra (23-25 días hábiles en algunos sectores). Cuando no se ha trabajado el año completo, los días se generan de forma proporcional:
Días generados = Días anuales convenio × (Días trabajados en el año / 365)
A este resultado se le restan los días ya disfrutados para obtener los días pendientes disponibles en el momento de la consulta.
Días naturales, hábiles y su importancia en el finiquito
Es fundamental distinguir entre días naturales (incluyen fines de semana) y días hábiles (solo laborables), ya que un convenio que hable de "22 días" normalmente se refiere a días hábiles, equivalentes a los 30 naturales legales. Las vacaciones no disfrutadas solo pueden compensarse en dinero al finalizar el contrato, sumándose al finiquito; durante la relación laboral no cabe sustituirlas por una compensación económica.
Como norma general, las vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural en que se generan, aunque la jurisprudencia permite ampliar este plazo hasta 18 meses en casos de incapacidad temporal prolongada, maternidad o suspensión del contrato que hayan impedido su disfrute.
Ejemplo práctico: incorporación en enero de 2024, consulta en julio de 2026
Trabajador incorporado el 15 de enero de 2024, con 22 días hábiles de convenio y 5 días ya disfrutados este año. Al llevar más de un año en la empresa, el año 2026 genera vacaciones de forma proporcional al tiempo transcurrido: hasta principios de julio han pasado aproximadamente 189 de los 365 días del año (un 52%).
Días generados hasta la fecha = 22 × 0,52 ≈ 11 días. Restando los 5 ya disfrutados, quedan 6 días pendientes disponibles en este momento, y el resto se irá generando conforme avance el año.