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Calculadora de IVA para Autónomos

Calcula el resultado de tu declaración trimestral de IVA (modelo 303) como autónomo. Introduce el IVA repercutido en tus facturas emitidas y el IVA soportado en tus gastos deducibles para saber si te sale a pagar o a devolver. Incluye la posibilidad de compensar resultados negativos de trimestres anteriores.

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¿Cómo funciona esta calculadora?

Calcula el resultado de tu declaración trimestral de IVA (modelo 303) como autónomo. Introduce el IVA repercutido en tus facturas emitidas y el IVA soportado en tus gastos deducibles para saber si te sale a pagar o a devolver. Incluye la posibilidad de compensar resultados negativos de trimestres anteriores. Introduce los datos solicitados y obtén un resultado orientativo al instante. Recuerda que los cálculos son aproximados y no sustituyen el asesoramiento profesional.

Cómo se calcula el resultado del modelo 303 cada trimestre

El modelo 303 es la autoliquidación trimestral de IVA que debe presentar la mayoría de autónomos y empresas en España. El cálculo básico es:

  • IVA repercutido: el que has cobrado a tus clientes en tus facturas emitidas (tipos habituales del 21% general, 10% reducido o 4% superreducido).
  • IVA soportado deducible: el que has pagado en tus compras y gastos vinculados a la actividad (proveedores, suministros, material, alquiler del local, etc.).
  • Resultado = IVA repercutido − IVA soportado − Compensación de trimestres anteriores

Si el resultado es positivo, debes ingresarlo a Hacienda; si es negativo, no se devuelve automáticamente (salvo en el cuarto trimestre, donde puedes optar por la devolución o seguir compensando) sino que se arrastra como crédito a compensar en los siguientes trimestres. Los plazos de presentación en 2026 son: del 1 al 20 de abril (1T), del 1 al 20 de julio (2T), del 1 al 20 de octubre (3T) y del 1 al 30 de enero del año siguiente (4T, junto al modelo 390 anual informativo).

Qué gastos puedes deducirte y limitaciones habituales

No todo el IVA soportado es deducible al 100%. Algunas limitaciones relevantes para autónomos en España:

  • Vehículos: por defecto solo se puede deducir el 50% del IVA, salvo que se demuestre un uso exclusivamente profesional (agentes comerciales, autoescuelas, transporte).
  • Gastos de suministros en vivienda habitual: si trabajas desde casa y la tienes declarada como afecta a la actividad, solo puedes deducir la parte proporcional a los metros cuadrados afectados (habitualmente entre el 20% y el 30% del IVA de luz, agua e internet, según criterio de Hacienda).
  • Comidas y representación: deducibles solo si están justificadas y relacionadas directamente con la actividad, con límites en la práctica habitual.

Además, los autónomos en régimen de recargo de equivalencia o en módulos (estimación objetiva) no presentan el modelo 303 de la misma forma, ya que muchos de ellos no tienen que repercutir ni deducir IVA de forma habitual en sus operaciones.

Ejemplo práctico de liquidación trimestral

Un autónomo que ha facturado con un IVA repercutido de 3.000 € en el trimestre y ha soportado 1.200 € de IVA en sus gastos, sin compensaciones pendientes de trimestres anteriores:

ConceptoImporte
IVA repercutido3.000,00 €
IVA soportado deducible1.200,00 €
Compensación anterior0,00 €
Resultado (a ingresar)1.800,00 €

Si en el trimestre anterior hubiera tenido un resultado negativo de 500 € pendiente de compensar, el resultado final a ingresar bajaría a 1.300 € (3.000 − 1.200 − 500). Es importante presentar el modelo aunque el resultado sea 0 o negativo, ya que la falta de presentación puede acarrear sanciones.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presenta el modelo 303 de IVA?
Se presenta cada trimestre: del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre, que además va acompañado del modelo 390 (resumen anual).
¿Qué pasa si el resultado del IVA trimestral es negativo?
El importe negativo no se devuelve automáticamente: se arrastra como compensación para los siguientes trimestres, salvo en el cuarto trimestre, donde puedes marcar la casilla de solicitud de devolución si el saldo sigue siendo negativo.
¿Todos los autónomos deben presentar el modelo 303?
La mayoría sí, salvo quienes realizan actividades exentas de IVA (por ejemplo, ciertos servicios sanitarios o educativos) o están en regímenes especiales como el recargo de equivalencia, donde la gestión del IVA es distinta.
¿Puedo deducirme el IVA de cualquier gasto de mi negocio?
No, el gasto debe estar vinculado directa y exclusivamente a la actividad económica, con factura completa a tu nombre. Gastos mixtos como el vehículo o el domicilio si trabajas desde casa solo son deducibles de forma parcial y con requisitos específicos.
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