Calculadora de AJD (Actos Jurídicos Documentados)
Estima el importe del impuesto de Actos Jurídicos Documentados que se aplica al firmar la hipoteca. Desde 2019 este impuesto lo paga el banco en la constitución de hipoteca, pero sigue siendo relevante en otros actos notariales. Calcula la cuota según tu comunidad autónoma y el importe del préstamo hipotecario.
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¿Cómo funciona esta herramienta?
Estima el importe del impuesto de Actos Jurídicos Documentados que se aplica al firmar la hipoteca. Desde 2019 este impuesto lo paga el banco en la constitución de hipoteca, pero sigue siendo relevante en otros actos notariales. Calcula la cuota según tu comunidad autónoma y el importe del préstamo hipotecario. Introduce los datos solicitados y obtén un resultado orientativo al instante.
Qué es el AJD y quién lo paga en la hipoteca desde 2019
El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) grava los documentos notariales con contenido económico e inscribibles en un registro público, como las escrituras de préstamo hipotecario. Desde el Real Decreto-ley 17/2018 (en vigor desde noviembre de 2018), es el banco quien paga el AJD en la constitución de la hipoteca, no el cliente, junto con los gastos de notaría, registro y gestoría de la escritura del préstamo. Sin embargo, el comprador sigue asumiendo el AJD en otros actos notariales relacionados con la vivienda, como la declaración de obra nueva, la división horizontal, o determinadas novaciones que amplíen el capital del préstamo.
Tipos de AJD por comunidad autónoma
El tipo de AJD también es un tributo cedido a las comunidades autónomas, y varía generalmente entre el 0,5% y el 1,5% de la base imponible. Por ejemplo, Madrid aplica un 0,75% general, Andalucía un 1,2%, y Cataluña o la Comunidad Valenciana llegan al 1,5%. Algunas comunidades ofrecen tipos reducidos para vivienda habitual o determinados colectivos.
Ejemplo práctico: obra nueva con base imponible de 160.000 €
Para la constitución de una hipoteca de 160.000 €, el AJD lo paga el banco, sin coste para el cliente. Pero si el acto es una compraventa de obra nueva con esa misma base imponible, en Madrid (0,75%) el AJD sería de 1.200 €, mientras que en la Comunidad Valenciana (1,5%) ascendería a 2.400 €, el doble por la misma operación según la comunidad autónoma.