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Guía de la empleada del hogar

Contratar una empleada del hogar implica cumplir con una serie de obligaciones laborales y fiscales. Esta guía te explica el alta en la Seguridad Social, la nómina mensual, las pagas extraordinarias, las vacaciones, la prestación por desempleo, las cotizaciones actualizadas y los derechos laborales reconocidos por el Real Decreto-ley 16/2022 vigente en 2026.

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Contratar una empleada del hogar implica cumplir con una serie de obligaciones laborales y fiscales. Esta guía te explica el alta en la Seguridad Social, la nómina mensual, las pagas extraordinarias, las vacaciones, la prestación por desempleo, las cotizaciones actualizadas y los derechos laborales reconocidos por el Real Decreto-ley 16/2022 vigente en 2026. Introduce los datos y obtén tu resultado orientativo al instante.

El Sistema Especial de Empleados de Hogar tras la reforma de 2022

El Real Decreto-ley 16/2022 integró plenamente a las personas empleadas del hogar en el Régimen General de la Seguridad Social, eliminando diferencias históricas respecto al resto de trabajadores. Desde entonces, el empleador está obligado a dar de alta a la trabajadora desde la primera hora de servicio, incluso si trabaja pocas horas semanales para varias familias.

Las principales novedades vigentes en 2026 incluyen:

  • Cotización según tramos de retribución mensual, con cuotas que asume mayoritariamente el empleador.
  • Derecho a la prestación por desempleo, plenamente operativo desde octubre de 2022, financiado con una cotización adicional.
  • Cobertura de FOGASA y accidentes de trabajo desde el primer día.
  • Posibilidad de despido, pero con causas e indemnizaciones específicas del Real Decreto 1620/2011, distintas del régimen general de despido.

El salario mínimo interprofesional de referencia en 2026 marca el suelo retributivo por hora o jornada completa, y debe reflejarse siempre en nómina firmada mensualmente.

Jornada completa, parcial, por horas e interna: qué cambia

El régimen de contratación varía según la modalidad de trabajo:

  • Jornada completa (40h semanales): derecho a 30 días naturales de vacaciones, 2 pagas extraordinarias (o prorrateadas), nómina mensual detallada y cotización íntegra por todas las contingencias.
  • Jornada parcial o por horas: el alta y cotización son obligatorias igualmente desde la primera hora trabajada, con cuotas proporcionales a las horas efectivamente prestadas.
  • Régimen de interna: además del salario en metálico, se computa el salario en especie (alojamiento y manutención), con un límite máximo del 30% del salario total. La jornada efectiva no puede superar las 40 horas semanales, con un máximo de 20 horas adicionales de presencia, y un descanso mínimo de 36 horas continuadas semanales.

En todos los casos, el empresario debe formalizar el contrato por escrito si la duración supera las 4 semanas o la jornada supera ciertas horas mensuales, y conservar los justificantes de cotización.

Ejemplo práctico: contrato de 20 horas semanales

Para una empleada del hogar contratada a jornada parcial de 20 horas semanales con un salario mensual bruto de 900 €, el empleador debe darla de alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar, cotizar según el tramo correspondiente a esa retribución (una parte fija a cargo del empleador y otra menor a cargo de la trabajadora), y entregar nómina mensual detallando salario base, prorrateo de pagas extra y descuentos de Seguridad Social.

Si la trabajadora es despedida sin causa justificada tras un año de servicio, tendrá derecho a una indemnización equivalente a 12 días de salario por año trabajado (o 20 días si el despido se considera improcedente por incumplir el procedimiento), notablemente inferior a la indemnización del régimen general de trabajadores por cuenta ajena.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio dar de alta a una empleada del hogar por pocas horas?
Sí, desde la reforma de 2022 la obligación de alta y cotización aplica desde la primera hora trabajada, sin excepciones por jornadas reducidas.
¿Tiene derecho al paro una empleada del hogar?
Sí, desde octubre de 2022 las empleadas de hogar cotizan por desempleo y pueden acceder a la prestación si cumplen los requisitos generales del sistema.
¿Cuántos días de vacaciones le corresponden a una empleada de hogar interna?
30 días naturales al año, igual que en jornada completa no interna, además del descanso semanal mínimo de 36 horas continuadas.
¿Quién paga más cotización, el empleador o la empleada?
El empleador asume la mayor parte de la cotización mensual según el tramo de retribución, mientras que la trabajadora aporta una cuota menor descontada de su nómina.
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