Guía de la Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad permite a personas físicas y autónomos insolventes cancelar sus deudas y empezar de cero. Esta guía te explica los requisitos para acogerte al mecanismo de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI), las fases del procedimiento, los costes del mediador concursal y del proceso judicial, y las novedades introducidas por la reforma concursal.
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La Ley de Segunda Oportunidad permite a personas físicas y autónomos insolventes cancelar sus deudas y empezar de cero. Esta guía te explica los requisitos para acogerte al mecanismo de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI), las fases del procedimiento, los costes del mediador concursal y del proceso judicial, y las novedades introducidas por la reforma concursal. Introduce los datos y obtén tu resultado orientativo al instante.
Qué es el BEPI y cómo se regula en 2026
La Ley de Segunda Oportunidad, introducida por la Ley 25/2015 y profundamente reformada por la Ley 16/2022 (que traspuso la Directiva europea 2019/1023), permite a personas físicas y autónomos insolventes obtener la exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI), regulada en los artículos 486 a 502 del Texto Refundido de la Ley Concursal. Desde la reforma, existen dos modalidades: exoneración inmediata (sin plan de pagos, liquidando primero el patrimonio embargable) o exoneración mediante un plan de pagos a 3-5 años si el deudor conserva su vivienda habitual u otros bienes que desea proteger. Ya no es obligatorio haber intentado un acuerdo extrajudicial de pagos previo, simplificando notablemente el acceso al mecanismo.
Requisitos y deudas que no se pueden exonerar
Para acogerse a la ley se exige actuar de buena fe (no haber sido condenado por delitos económicos en los últimos 10 años, no haber rechazado ofertas de empleo, etc.) y encontrarse en situación de insolvencia actual o inminente. No todas las deudas se pueden cancelar: quedan excluidas las pensiones de alimentos, y las deudas de derecho público (Hacienda y Seguridad Social) solo se exoneran hasta un límite (normalmente 10.000 € por acreedor, con reducciones progresivas por encima de esa cifra). El coste del procedimiento incluye honorarios de abogado, administrador concursal y tasas judiciales, que en concursos sin masa activa suelen simplificarse.
Ejemplo práctico: autónomo con 80.000 € de deuda
Un autónomo con 80.000 € de deuda, 1.200 € de ingresos mensuales netos y sin bienes embargables relevantes, podría solicitar la exoneración inmediata del pasivo insatisfecho, al no tener patrimonio que liquidar y cumplir los requisitos de buena fe, sin necesidad de plan de pagos. El coste total del procedimiento (abogado, administrador concursal y tasas), en un concurso sin masa activa, suele oscilar entre 1.500 y 3.000 €, dependiendo de la complejidad del caso y la provincia.