Calculadora de penalización por cancelación de seguro
Estima la penalización o extorno que te corresponde si cancelas tu póliza de seguro antes del vencimiento anual. Introduce la fecha de inicio, la prima anual y el motivo de cancelación para saber cuánto te devolverán o cuánto deberás pagar. Recuerda que tienes derecho a cancelar con un mes de antelación al vencimiento sin penalización alguna.
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¿Cómo funciona esta herramienta?
Estima la penalización o extorno que te corresponde si cancelas tu póliza de seguro antes del vencimiento anual. Introduce la fecha de inicio, la prima anual y el motivo de cancelación para saber cuánto te devolverán o cuánto deberás pagar. Recuerda que tienes derecho a cancelar con un mes de antelación al vencimiento sin penalización alguna. Introduce los datos y obtén un resultado orientativo al instante.
¿Cómo se calcula la penalización o el extorno al cancelar un seguro?
Cuando cancelas una póliza antes de su vencimiento anual, la aseguradora debe devolverte la parte de prima no consumida, calculada de forma prorrateada por los días que quedan hasta el final del periodo contratado. A esto se le llama extorno. La fórmula básica es:
- Extorno = Prima anual × (días pendientes hasta el vencimiento / 365)
De ese importe, la aseguradora suele descontar gastos de gestión (habitualmente entre un 5% y un 15%, según la compañía y el ramo) y, en algunos casos, comisiones no amortizadas del mediador. La Ley 50/1980 de Contrato de Seguro (art. 22) reconoce el derecho a no renovar el seguro comunicándolo con al menos un mes de antelación al vencimiento, sin ninguna penalización. Si cancelas a mitad de la anualidad sin que exista un motivo legal específico (como venta del bien, duplicidad de seguro o cambio de aseguradora en el ramo de autos amparado por la Ley 20/2015), la compañía puede aplicar condiciones particulares recogidas en las cláusulas de la póliza, incluyendo la no devolución si ya se ha producido un siniestro. En seguros de auto, la LOSSEAR permite además dar de baja el contrato para suscribir otro con distinta aseguradora sin penalización, avisando con un mes de antelación al vencimiento.
Motivos de cancelación y su efecto en el extorno
No todos los motivos de cancelación se tratan igual:
- Voluntaria sin causa: suele generar extorno reducido tras aplicar gastos de gestión.
- Cambio de aseguradora: en seguros de coche y hogar suele reconocerse extorno íntegro si se comunica un mes antes del vencimiento.
- Venta del bien asegurado: derecho a extorno desde la fecha de la venta, acreditando la transmisión (por ejemplo, con el contrato de compraventa del vehículo o la escritura de la vivienda).
- Duplicidad de seguro: puede solicitarse anulación desde el origen si se demuestra que existían dos pólizas cubriendo el mismo riesgo.
- Subida de prima injustificada: si la aseguradora incrementa la prima al renovar, tienes derecho a rechazar la renovación sin penalización, comunicándolo antes de que se produzca el cargo.
Conviene siempre solicitar la cancelación por escrito (burofax o email con acuse de recibo) para dejar constancia de la fecha.
Ejemplo práctico: cancelación a mitad de póliza
Imagina una póliza de hogar con prima anual de 400 €, iniciada el 1 de enero de 2026, que se cancela el 1 de julio de 2026 por venta de la vivienda. Quedan 184 días hasta el vencimiento:
Extorno bruto = 400 € × (184/365) = 201,64 €
Si la aseguradora aplica un 10% de gastos de gestión, el extorno neto sería de aproximadamente 181,48 €. Si en cambio la cancelación fuera por cambio de aseguradora en un seguro de coche, muchas compañías devuelven el 100% del prorrateo sin descuentos, resultando en los 201,64 € completos.