IMV 2026: Requisitos y Quién Puede Solicitar el Ingreso Mínimo Vital

· 4 min de lectura · Prestaciones
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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es la prestación de la Seguridad Social que garantiza un nivel mínimo de ingresos a las personas en situación de vulnerabilidad económica. En 2026 la cuantía oscila entre 604 y 1.812 euros mensuales según la composición de la unidad de convivencia. Te explicamos todos los requisitos actualizados y el proceso de solicitud.

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Requisitos básicos para solicitar el IMV en 2026

Para acceder al Ingreso Mínimo Vital en 2026 debes cumplir los siguientes requisitos:

  • Edad: tener entre 23 y 65 años, salvo que tengas menores a cargo (en ese caso sin límite de edad mínima) o seas víctima de violencia de género o trata de personas.
  • Residencia legal en España: de forma continuada durante al menos 1 año inmediatamente anterior a la solicitud (excepto víctimas de violencia de género o trata).
  • Situación de vulnerabilidad económica: que las rentas e ingresos del año anterior no superen los umbrales establecidos.
  • Patrimonio: que los bienes y derechos de la unidad de convivencia no superen determinados límites (en 2026, 16.614 € para unidades de 1 persona, incrementándose con más miembros).
  • Estar inscrito como demandante de empleo si estás en edad activa, salvo excepciones.

No pueden acceder quienes residan en centros públicos con manutención completa pagada con cargo a fondos públicos.

Cuantías del IMV 2026 según el tipo de unidad de convivencia

La cuantía del IMV en 2026 varía según el número de miembros y el tipo de unidad de convivencia:

Composición de la unidad Cuantía mensual 2026
Persona sola (sin hijos)604,21 €
2 adultos (sin hijos)826,89 €
1 adulto + 1 menor826,89 €
1 adulto + 2 menores947,10 €
2 adultos + 1 menor947,10 €
2 adultos + 2 menores1.087,58 €
Máximo (familias numerosas grandes)hasta 1.812 €

El IMV es un complemento: si ya tienes ingresos propios, la prestación cubre la diferencia hasta el umbral correspondiente. Consulta más información en nuestra guía sobre el IMV 2026: cuánto se cobra.

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Umbrales de rentas e ingresos para acceder al IMV

Tus ingresos y rentas del año anterior no pueden superar los siguientes umbrales (datos 2026):

Composición Renta anual máxima
1 persona7.250,52 €/año
2 personas9.922,68 €/año
3 personas11.365,20 €/año
4 personas o más13.050,96 €/año

Se computan como ingresos: salarios, pensiones, prestaciones, rendimientos del capital... No se computan: la propia prestación del IMV, las ayudas de emergencia de las CCAA ni determinadas becas.

Cómo solicitar el IMV 2026 paso a paso

La solicitud del IMV se tramita exclusivamente ante la Seguridad Social, no ante las CCAA ni el SEPE:

  • Online: a través de la sede electrónica de la Seguridad Social (seg-social.es) con certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve. Es la vía más rápida.
  • Por teléfono: llamando al 901 16 65 65 para solicitar cita o resolver dudas.
  • Presencialmente: en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) más cercano, con cita previa obligatoria.

Documentación habitual: DNI/NIE de todos los miembros, libro de familia, certificado de empadronamiento, declaración de la renta o certificado de imputaciones de la AEAT, y documentación acreditativa de la situación laboral.

El plazo de resolución es de 3 meses. Si no hay resolución, se considera denegada por silencio administrativo. La prestación se abona el primer día hábil de cada mes.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar el IMV si tengo trabajo?
Sí, el IMV es compatible con trabajo. Si tus ingresos laborales no alcanzan el umbral de tu unidad de convivencia, la prestación cubre la diferencia. Además, existe un incentivo al empleo que permite mantener parte del IMV hasta 3 años tras encontrar trabajo.
¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud del IMV?
El plazo legal es de 3 meses. Si la Seguridad Social no resuelve en ese tiempo, se entiende denegada por silencio administrativo, pudiendo recurrir. En la práctica, muchas solicitudes se resuelven antes.
¿El IMV es compatible con el bono alquiler joven?
Sí, el IMV es compatible con el bono alquiler joven y otras ayudas autonómicas para el alquiler, siempre que se cumplan los requisitos de cada prestación por separado.
¿Qué pasa si no declaro un cambio en mis ingresos al cobrar el IMV?
Estás obligado a comunicar cualquier cambio en tus ingresos o situación familiar en el plazo de 30 días. No hacerlo puede suponer la extinción de la prestación y la obligación de devolver las cantidades cobradas indebidamente, además de posibles sanciones.

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