Tarifa Plana Autónomo 80 Euros 2026: Requisitos, Duración y Trámites

· 3 min de lectura · Laboral
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La tarifa plana para nuevos autónomos permite cotizar solo <strong>80 euros al mes</strong> durante los primeros 12 meses de actividad, con independencia de los ingresos. Es una de las principales ventajas para quienes se dan de alta por primera vez en el RETA. En esta guía te explicamos todos los requisitos y qué ocurre al finalizar el período bonificado.

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Requisitos para acceder a la tarifa plana de 80 euros

Para beneficiarse de la tarifa plana en 2026 debes cumplir:

  • Primera alta en el RETA o no haber estado dado de alta en los últimos 2 años (3 años si ya disfrutaste de la tarifa plana anteriormente).
  • Alta a partir del 1 de enero de 2023 bajo el nuevo sistema de cotización por ingresos reales.
  • Sin deudas con la Seguridad Social ni con la AEAT en el momento del alta.
  • No ser autónomo colaborador (familiar del titular).
  • Residencia y actividad en territorio español.

La tarifa plana se aplica automáticamente al darte de alta; no hay que solicitarla expresamente.

Duración y cuantía de la tarifa plana en 2026

PeríodoCuota mensualCondiciones
Primeros 12 meses80 €/mesSin límite de ingresos. Automática.
Meses 13–24 (prórroga)80 €/mesSolo si rendimientos netos del año anterior no superan el SMI anual (11.520 € en 2026)

Tras el período bonificado, pasas a cotizar por el tramo correspondiente según tu tabla de tramos 2026. La cuota mínima ordinaria pasa a ser 230 €/mes (tramo 1), un incremento de 150 €/mes.

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Qué cubre la tarifa plana y sus limitaciones

Con 80 €/mes cotizas por la base mínima del tramo 1 (653,59 €/mes):

  • Tienes derecho a asistencia sanitaria, IT, maternidad/paternidad, jubilación y cese de actividad.
  • Las prestaciones serán menores al cotizar por base mínima.
  • Puedes elegir una base superior dentro del tramo 1 para mejorar prestaciones, pagando la cuota correspondiente.
  • La cobertura de contingencias profesionales está incluida.

Para complementar la jubilación, consulta nuestra guía cuánto ahorrar para jubilarse.

Trámites para el alta y acceso a la tarifa plana

El proceso tiene dos pasos obligatorios:

  • 1. Alta en Hacienda (Modelo 036 o 037): comunicar el inicio de actividad indicando el epígrafe del IAE. Se puede hacer online con certificado digital.
  • 2. Alta en el RETA: dentro de los 60 días naturales siguientes al alta en Hacienda (o antes de iniciar). La tarifa plana se aplica desde el primer día.

El ahorro total del primer año es de 1.800 € respecto a la cuota mínima ordinaria (150 €/mes × 12 meses). Con prórroga al segundo año, el ahorro total llega a 3.600 €. Revisa también la cuota de autónomo 2026 para ver qué pagarás una vez terminada la bonificación.

Preguntas frecuentes

¿Puedo volver a pedir la tarifa plana si ya la usé?
Sí, si han pasado al menos 3 años desde que causaste baja en el RETA. Si han pasado solo 2 años, no tendrás derecho en una nueva alta.
¿La tarifa plana aplica también en comunidades con bonificaciones propias?
Sí. La tarifa plana estatal de 80 €/mes es el mínimo. Comunidades como Canarias, Ceuta y Melilla pueden ampliarla o añadir bonificaciones adicionales.
¿Qué pasa si doy de baja la actividad durante la tarifa plana y me doy de alta de nuevo?
Si te das de alta de nuevo antes de que pasen 2 años (o 3 si ya disfrutaste de tarifa plana), no tendrás derecho a una nueva tarifa plana y cotizarás por el tramo ordinario desde el inicio.
¿Tengo que pagar IRPF estando en tarifa plana?
Sí. La tarifa plana solo afecta a la cuota de la Seguridad Social. Debes hacer pagos fraccionados trimestrales (modelo 130) y la declaración anual de la Renta como cualquier autónomo.

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